Acuerdo sobre el medio de pago de la cuota de soci@ y otros conceptos a la AMPA
Acuerdo de la Junta Directiva sobre el medio de pago de la cuota de soci@ y otros conceptos a la AMPA
Analizados los estatutos de la Asociación de Padres y Madres de Alumnos del CEIP Juan XXIII de Zafra, éstos proporcionan diversa información relativa al pago de la cuota e socio/a:
- El Artículo 31.4 “ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE SOCIO/A” indica la necesidad del pago de las cuotas que se aprueben para adquirir la condición de socio/a.
- El Artículo 2.2 “PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE SOCIO” indica la necesidad, para aquellas personas ya asociadas a la AMPA, de realizar el pago cuando vuelva a corresponder para seguir manteniendo la condición de socio/a.
- El Artículo 34.2 “OBLIGACIONES” indica que es obligatorio el pago de la cuota de socio/a, así como sus plazos e indicación de que se ha de seguir los procedimientos que se indiquen para ello.
La Junta Directiva considera que existen los medios suficientes para que se puedan realizar pagos de cuotas por medios distintos a la entrega en efectivo a la Junta Directiva. Durante este último año ha sido un mecanismo que se ha evitado a toda costa, sin prohibirlo. Pero la entrega en efectivo de cualquier importe que haya que pagar a la AMPA:
- Permite la existencia de errores, pérdidas de comprobantes/recibos o dificultad operativa en la gestión de las altas o renovaciones socios/as.
- Impide la trazabilidad y facilita la adopción de malas prácticas e, incluso, puede provocar la indefensión de los/as socios o la sustracción de dinero sin autorización.
En los estatutos no están especificado aspectos como el medio de pago de la cuota de socio/a. Por todo lo cual, a modo de aclaración y para que sirva de formalización, la Junta Directiva acuerda, de conformidad con los estatutos, el siguiente procedimiento para el pago de las cuotas de socio/a y, en general, cualquier otro pago que se deba satisfacer a la asociación:
- No se permitirá, con carácter general, el pago de cuotas o cualquier otro concepto a la AMPA, por parte de los/as socios/as, en efectivo.
- Deberá ingresarse el importe correspondiente:
- Mediante transferencia bancaria a la cuenta de la AMPA con el concepto que corresponda en cada momento.
- Mediante ingreso bancario en ventanilla, en la entidad financiera donde tiene la AMPA la cuenta bancaria.
- Mediante ingreso bancario a través del cajero electrónico de la entidad financiera donde tiene la AMPA la cuenta bancaria.
- Como excepción a lo anterior, la AMPA permitirá el pago o aportación en efectivo cuando no sea viable hacerlo de otra forma: en las actividades que organice con barra, fiestas, atracciones, etcétera. O por causas de fuerza mayor. En cualquiera de estos casos excepcionales, los estatutos obligan (Artículo 22) a levantar acta firmada de los ingresos recibidos, como justificación.
Este acuerdo será tenido en cuenta para los efectos que pudiese surtir, a partir del martes 18 de diciembre de 2018, fecha de la reunión de la Junta Directiva donde se aprobó.